¿Cuáles son las similitudes entre la separación y el divorcio?
Antes de entrar a diferenciar la separación del divorcio, es importante dejar claro que en muchos aspectos las implicaciones son las mismas. Este es el resumen de sus similitudes:
- Es un procedimiento legal: en los dos casos es necesario acudir al juzgado y que el juez emita una sentencia. No obstante, si el procedimiento es amistoso y no hay hijos en común, se puede tramitar ante notario: divorcio notarial.
- Se disuelve el régimen económico matrimonial: independientemente de que este sea de gananciales o de separación de bienes.
- Se pierden derechos: en concreto, el de heredar si fallece el otro cónyuge, a menos que así figure en el testamento en el momento de la muerte. Tampoco se tendrá acceso a pensión de viudedad.
¿Cuáles son las diferencias entre la separación y el divorcio?
Más que hablar de diferencias, tenemos que hablar de una en particular, que es muy importante: la separación no rompe el vínculo matrimonial, mientras que el divorcio sí lo hace. ¿Qué significa esto? Que, con la separación, los cónyuges no pueden volver a casarse de nuevo con otra persona.
¿Cuál es el procedimiento para separase en España?
Básicamente, hay dos opciones: separarse de mutuo acuerdo o recurrir a un procedimiento contencioso, mucho más costoso en términos económicos y de tiempo.
Nuestros abogados matrimonialistas, especialistas en separaciones matrimoniales, siempre recomiendan intentar llegar a acuerdos para facilitar este ya de por sí complicado trámite. Sin embargo, sabemos que esto no siempre es posible.
La separación de mutuo acuerdo
Las separaciones legales amistosas se desarrollan de la siguiente forma:
- La presentación de la demanda: como es de mutuo acuerdo, la pueden presentar los dos o uno solo de los cónyuges. A la demanda se deberá adjuntar el certificado de matrimonio, el de nacimiento de los hijos (si hay) y el convenio regulador, que recoge las medidas acordadas, como la guarda y custodia de los menores o la pensión alimenticia o la pensión compensatoria.
- La ratificación del convenio regulador: es necesario que ambos acudan al juzgado en la fecha elegida por el juez para firmar el convenio regulador.
- La sentencia: una vez que se ha firmado el convenio, el juez dicta la sentencia de separación, que se inscribirá en el Registro Civil cuando finalice el periodo para recurrir.
La separación contenciosa
Cuando no queda más remedio que recurrir al procedimiento contencioso de separación, estos son los pasos a seguir:
- La presentación de la demanda: en este caso, la presenta solo uno de los cónyuges, que deberá estar representado por su propio abogado y procurador (en el procedimiento de mutuo acuerdo se pueden compartir). En la demanda, se indicarán las medidas que se solicitan respecto a los hijos, la vivienda habitual y demás cuestiones que resulten de interés. Y se adjuntarán los mismos documentos que para la separación amistosa, más aquellos que sirvan a apoyar las peticiones particulares.
- La contestación de la demanda: en un plazo máximo de 20 días, la otra parte deberá responder a la demanda, para lo que también necesitará la asistencia de un abogado y un procurador. En caso de que la respuesta sea de no conformidad, se incluirán las medidas concretas que se solicitan en su lugar.
- La vista o juicio oral: fijada la fecha y la hora por el juzgado, ambos cónyuges tendrán que acudir al juicio y aportar las pruebas que sostengan sus argumentos. Tanto el juez como el fiscal (si hay hijos menores de edad) revisarán las propuestas.
- La sentencia: tras el juicio, el juez dictará sentencia con las medidas que considere más justas y adecuadas.