Abogados para Matrimonio por Poderes

Te acompañamos en todo el proceso para que prospere la solicitud del matrimonio ante el Registro Civil

El matrimonio por poderes permite que dos personas puedan contraer matrimonio, aunque uno de ellos no esté presente en el momento del acto civil. Un poder notarial sustituye la presencia física del cónyuge ausente.

El artículo 55 del Código Civil regula los matrimonios por poderes. Establece que uno de los contrayentes podrá estar representado por un apoderado. Para eso debe conceder un poder especial, que se otorga ante notario, en el que se determina la persona que actuará en el lugar del ausente. Es condición para la celebración de un matrimonio por poderes que uno de los cónyuges esté presente. En todos los casos siempre es conveniente el acompañamiento y asesoramiento de un abogado de familia.

¿En qué situaciones se realizan matrimonios por poderes?

La ausencia de uno de los contrayentes puede deberse a diferentes causas.

  • Situación sanitaria. La pandemia fue una razón por la que aumentaron los matrimonios por poderes. La imposibilidad de viajar dentro de España o desde el exterior hizo que muchas parejas acudieran a esta modalidad.
  • Falta de visado. También contraen matrimonio por poderes parejas en las que uno de los contrayentes reside en el extranjero y no ha logrado el visado en España.
  • Otras razones. Situaciones laborales, enfermedad, carencias de recursos para viajar, son también factores que motivan a optar por el matrimonio por poderes.

¿Qué características debe tener el poder para celebrar un matrimonio por poderes?

El poder es un documento legal que debe cumplir determinados requisitos para que tenga validez en España.

  • Se realiza ante un notario, español o extranjero, o ante un cónsul de España.
  • En caso de que se otorgue en el exterior, debe ser convalidado con la Apostilla de la Haya o a través del consulado y del Ministerio de Relaciones Exteriores de España.
  • Debe contener todos los datos que permitan identificar claramente a las personas involucradas: contrayente que otorga el poder, persona que lo representará y contrayente que estará presente en el acto civil.
  • Pierde validez si es revocado antes de la celebración del matrimonio por quien lo otorgó o por su fallecimiento. También se extingue por la renuncia o la muerte del apoderado.

Es conveniente estar bien asesorado por un abogado con experiencia en matrimonios por poderes para asegurar el éxito de la inscripción del mismo en el Registro Civil.

Pasos a seguir para casarse por poderes

El matrimonio por poderes debe ser autorizado e inscrito el Registro Civil. El trámite se realiza cumpliendo varias etapas.

La solicitud

El primer paso es presentar la solicitud de inicio del expediente matrimonial. Para ello es necesario asistir acompañado de uno o dos testigos. Estas personas darán fe de que ninguno de los dos contrae matrimonio contra su voluntad.

Los documentos a presentar son:

  • Poder notarial del contrayente ausente.
  • Certificado de nacimiento de ambos cónyuges. Si alguno de ellos es extranjero, su certificado deberá estar traducido al español (si corresponde) y legalizado o apostillado.
  • Copia certificada de documentos de identidad de los contrayentes: DNI, NIE o pasaporte.
  • Certificados que acrediten lugares de residencia durante los dos últimos años.
  • Declaraciones juradas de estado civil de soltería. El Registro Civil dispone de formularios para esta declaración. En caso de divorciados o viudos, deben presentar certificación del matrimonio anterior en la que conste el divorcio o viudez. También estará traducida, legalizada o apostillada cuando corresponda.

Entrevista

Una vez iniciado el trámite para gestionar el matrimonio por poderes, el Registro Civil establecerá contacto telefónico con el contrayente representado mediante el poder. En caso de que resida en el exterior, se le llamará por teléfono desde el Consulado que corresponda a su domicilio para una audiencia con carácter de reservada. En esta audiencia prestará consentimiento formal para la boda.

Esta audiencia tiene como finalidad comprobar que se trata de un matrimonio por voluntad del contrayente y que realmente existe un vínculo entre los integrantes de la pareja.

Es importante tener en cuenta esta instancia y no restarle valor, porque es un instrumento que se toma en cuenta a la hora de autorizar el matrimonio por poderes.

Notificación y detalles de la celebración de la boda

Después de la entrevista personal, el Consulado actuante envía un informe al Registro Civil. Con toda la información se decide si de autoriza o no la celebración del matrimonio por poderes. En caso de que la resolución sea positiva, se establecerá la fecha para la boda. En el acto civil estarán presentes el contrayente residente en España, el apoderado que actuará en nombre del otro contrayente y dos testigos.

El visado para la reagrupación familiar en España

En supuesto de que el contrayente que reside fuera de España no tenga visado, se realiza el trámite para que pueda vivir en España. Existe en la UE un Visado de Reagrupación Familiar. Se otorga una Tarjeta de Residencia Familiar que tiene 5 años de duración. Este trámite se realiza en el Consulado de España del lugar en el que reside el contrayente o en el Departamento de Extranjería de la provincia española que corresponda.

Preguntas y respuestas

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¿Qué se pregunta en la entrevista para conceder un poder para casarse por poderes?

La entrevista al cónyuge que está fuera de España consiste en preguntas de tipo personal referidas al conocimiento de la pareja y del tiempo que lleva la relación. El objetivo es corroborar que realmente existe una relación entre los contrayentes y que no se trata de un matrimonio acordado por conveniencia para obtener residencia, por ejemplo.

¿Qué pasa una vez que vence la Tarjeta de Reagrupación Familiar?

La Tarjeta de Reagrupación Familiar es renovable. El trámite se realiza en la Oficina de Extranjería de la provincia donde reside la familia.

¿Se puede contraer matrimonio por poderes en el ayuntamiento?

Los alcaldes tienen la potestad de celebrar matrimonios civiles, en presencia de ambos contrayentes o por poderes. Los trámites previos deben realizarse en el Registro Civil.

El matrimonio por poderes requiere de algunos trámites sencillos. Pero los resultados de la solicitud ante el Registro Civil no siempre son positivos. El Estado español toma medidas para asegurarse de que el matrimonio no se realiza por conveniencia o para obtener la visa legal. Es aconsejable contar con el asesoramiento de un abogado especialista en asuntos de familia, para que la gestión fluya sin inconvenientes.

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