Medidas Paterno Filiales

Abogados Especialistas en Demandas de Medidas Paterno-Filiales

Las medidas paterno filiales son acciones que están a cargo de los progenitores de los hijos menores o dependientes y que se refieren al ejercicio de la patria potestad, de la guarda y de su custodia.

Las medidas paterno filiales están diseñadas para proteger los derechos e intereses de los hijos, asegurando su bienestar y desarrollo adecuado. Se vinculan con el ejercicio de la patria potestad, la guarda y la custodia de los menores. Tienen especial impacto en situaciones de separación o divorcio de los padres.

La normativa legal de base sobre la filiación, la encontramos en el artículo 112 del Código Civil, donde se regulan las medidas paterno filiales.

Estas medidas son aplicables tanto para parejas en matrimonio como para parejas de hecho. También tienen validez para padres que han reconocido su paternidad, aunque no integren en el momento una pareja.

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La Demanda de Medidas Paterno Filiales. Lo que necesitas conocer

En el momento del divorcio o separación, se establecen las medidas paterno-filiales que determinan las obligaciones asumidas por cada uno de los progenitores. En caso de acuerdo, estas medidas se plasman en el convenio regulador de divorcio. Si no hay acuerdo, se dictarán vía sentencia judicial.

Pero puede ocurrir que las condiciones iniciales de la familia en el momento del divorcio cambien y se requiera la modificación de las medidas o la adopción de otras que no estaban estipuladas en el acuerdo o sentencia inicial.

Para solicitar modificación en las medidas paternofiliales es preciso certificar un cambio relevante en las circunstancias, por lo que la documentación probatoria es fundamental. La participación y el asesoramiento de un abogado especialista en familia garantizará los derechos de todos los involucrados.

¿Cuáles son las medidas paterno-filiales que se pueden demandar?

Aunque a veces se pueda pensar que estas medidas son solo de orden económico, no es así. También está en juego la protección emocional del menor y su desarrollo integral. Es decir, que estas medidas no se reducen a pagar cuotas, sino que también implican asumir el vínculo con el hijo.

El Código Civil reconoce una lista de medidas paterno filiales que serán acordadas, o reclamadas, una vez establecida la paternidad y la filiación. Las medidas son:

  • Guarda y custodia de los hijos
  • Régimen de visitas
  • La pensión de alimentos
  • La pensión compensatoria
  • El uso de la vivienda familiar
  • Medios de comunicación del hijo con cada uno de los padres

Estas medidas se pueden cambiar a lo largo del tiempo, ya que las circunstancias de las personas cambian. La asesoría de un abogado de modificación de medidas es primordial en estos casos.

Guarda y custodia de los hijos

Puede ser desempeñada por uno de los progenitores o compartida por ambos. El tribunal evalúa cada situación y entrega la guarda y la custodia al progenitor que considera el mejor cuidador. Aunque es muy frecuente que se entregue esta responsabilidad a la madre, la jurisprudencia tiende a elegir la custodia compartida como la mejor opción. En caso de querer cambiar es importante contar con abogados para la custodia de hijos.

Esta alternativa no siempre es aplicable en casos de reconocimiento de paternidad, cuando el hijo menor nunca ha visto antes al progenitor que se acaba de legitimar. Por tanto, el juez evaluará cada situación y decidirá en consecuencia.

Régimen de visitas

En el acuerdo o la demanda se puede incluir un régimen de visitas para el progenitor que no conviva con el hijo. >El régimen de visitas es un derecho y también una obligación que recae sobre el progenitor que no tenga la custodia y la guarda del hijo menor de edad.

Pensión de alimentos

La pensión de alimentos será proporcional a los ingresos de cada padre y a los gastos estimados en la vida del hijo. Los gastos deben ser calculados con lógica y en base real por ambos progenitores o por el tribunal. Se calcula en función de los gastos del hijo, más una suma proporcional por los gastos de la vivienda en la que reside.

No puede decirse que la guarda y custodia compartida no sea compatible con la pensión de alimentos. Realmente es la situación familiar concreta la que marca si debe existir esta pensión o no, y quién deberá pagar, independientemente de quién tenga la custodia y la guarda.

Pensión compensatoria

Esta pensión se demanda en caso de que el progenitor que no tiene la guarda deba dedicarse completamente a la atención y cuidado de los hijos. En caso de separación o divorcio, se otorga cuando uno de los progenitores no tiene recursos como consecuencia de la ruptura. Suele tener un carácter temporal, hasta que esa persona logre una fuente de ingresos.

Medios de comunicación del hijo con cada uno de los padres

La medida implica que el hijo pueda comunicarse con el progenitor con el que no está viviendo. La razón subyacente en el tratamiento de las medidas paterno filiales en el Código Civil consistirá en velar por los derechos de los hijos menores o dependientes.

¿Cuáles son los derechos que protegen las medidas paterno filiales?

  • Respeto a la personalidad del hijo menor o dependiente, tanto física como mental.
  • Recibir alimentación y educación integral.
  • Estar en contacto con sus padres.
  • Tener representación que asegure la buena administración de sus bienes.
  • Ser oídos en instancias en que se tomen medidas que los afecten directamente.

¿Cómo se establecen las medidas paterno filiales?

En el caso de divorcio o disolución de una pareja no casada, las medidas se establecen en el convenio regulador. Se pueden definir por mutuo acuerdo, pero si esto no ocurre se llegará a la instancia judicial. Será el juez quien en la resolución judicial determinará las condiciones de las medidas paterno filiales.

En caso de reconocimiento de paternidad, puede ocurrir que el progenitor reconocido acuerde con el representante de su hijo las condiciones. El procedimiento amistoso siempre es el mejor camino, el más corto y de menor coste. Pero esto no siempre es posible, por lo que en muchas ocasiones se debe acudir a la demanda judicial.

En este caso el representante del hijo menor, o dependiente, presentará la demanda de las medidas paterno filiales que le interese conseguir, que serán establecidas por una resolución judicial. El juez analizará la demanda y dictará la sentencia. Es importante en este sentido tener en cuenta el artículo 112 del Código Civil que establece:

"La filiación produce sus efectos desde que tiene lugar. Su determinación legal tiene efectos retroactivos siempre que la retroactividad sea compatible con la naturaleza de aquellos y la Ley no dispusiere lo contrario."

Como hemos visto, es importante contar con un abogado matrimonialista especialista, quien asesorará y guiará las acciones a emprender, para obtener los mejores resultados.

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Demandas de adopción de medidas o modificación de medidas paterno-filiales

Modificación de medidas paterno-filiales de mutuo acuerdo

El mutuo acuerdo es una vía para conseguir la modificación de medidas paterno filiales, que depende fundamentalmente de la situación vincular de los progenitores en el momento de decidir la modificación. Para modificar medidas de común acuerdo los ex cónyuges deberán redactar un nuevo Convenio Regulador.

La modificación puede surgir por iniciativa de uno de los progenitores o por la de ambos, pero el requisito fundamental para que sea de mutuo acuerdo es que los dos consientan en los términos de las modificaciones.

El Ministerio Fiscal controlará que las nuevas medidas atiendan a los derechos y al interés supremo de los hijos menores e incapacitados. El juez tomará la decisión definitiva tomando como referencia el informe del Ministerio Fiscal, y dictará la resolución judicial.

Modificación de medidas paterno-filiales por procedimiento contencioso

El procedimiento contencioso se inicia cuando no se consigue el acuerdo de los progenitores para la modificación de medidas. Quien lo solicita, padre o madre, no requiere del consentimiento de la otra parte. Para presentar la demanda por la vía contenciosa se deben seguir ciertos pasos:

  1. Recopilar la documentación relevante para respaldar la demanda. Se incluirá el certificado de nacimiento de los hijos, pruebas de ingresos, información sobre la situación familiar y cualquier otro documento que sea pertinente para el caso.
  2. Presentación de la demanda. Debe ser presentada por un procurador con respaldo de un abogado ante el juzgado competente.
  3. Audiencia preliminar. Una vez que el juzgado comienza a procesar la demanda, se programará una audiencia preliminar. Las partes se reunirán con el juez para explorar la posibilidad de llegar a un acuerdo amistoso.
  4. Mediación. En muchos casos, se requerirá que las partes en conflicto asistan a una sesión de mediación. Con la intervención del mediador se intentará evitar el juicio.
  5. Juicio. Si no se llega a un acuerdo, el caso irá a juicio. Será el juez quien tome una decisión basada en la legislación y en el interés superior de los menores involucrados.

Demanda de medidas paterno-filiales sin matrimonio

En España, las medidas paterno filiales también se aplican a los hijos nacidos de relaciones no matrimoniales. Estas medidas están destinadas a proteger los derechos e intereses de los hijos.

Las principales medidas paterno filiales que se pueden solicitar en caso de hijos no matrimoniales son:

  • Reconocimiento de filiación
  • Guarda y custodia
  • Régimen de visitas y relación paterno filial
  • Pensión alimenticia

Al igual que sucede con las medidas correspondientes a hijos del matrimonio, las que se solicitan para hijos no matrimoniales pueden establecerse de mutuo acuerdo u obtenerse por la vía contenciosa.

Demanda de medidas paterno-filiales por violencia de género

Las situaciones de violencia de género son extremadamente delicadas y requieren atención especial al impacto en los hijos. El foco debe estar en garantizar la seguridad y el bienestar físico y emocional de todos los implicados.

Las medidas de protección en estos casos incluyen la solicitud de medidas paterno-filiales. La solicitud será presentada en el juzgado competente, acompañada de pruebas y testimonios que certifiquen las alegaciones de violencia de género. Pueden incluir informes médicos, informes policiales, testimonios de testigos, registros de llamadas o mensajes, entre otros.

Si la situación lo exige, es posible solicitar medidas civiles y urgentes para salvaguardar el bienestar de los hijos. Pueden ser medidas relacionadas con la guarda y custodia, visitas, y cualquier otra acción de protección. El juez podrá establecer medidas provisionales hasta tanto se resuelvan las definitivas.

La demanda de medidas paterno-filiales y la custodia compartida

Hay casos en los que la custodia establecida en las medidas paterno filiales originales está atribuida a uno de los cónyuges. Esto no impide que después de cierto tiempo se solicite la custodia compartida.

La jurisprudencia ha entendido que el sistema instaurado en el convenio original no puede desatender la evolución de los hijos y de la situación familiar. Es posible que llegue el momento en que ambos progenitores estén en condiciones de ejercer la custodia.

Por lo tanto, cuando se estima que modificar las medidas paterno filiales y establecer la custodia compartida beneficia a los hijos, se puede interponer una demanda para la modificación de la custodia de los hijos.

¿Tienes dudas? Preguntas y respuestas para conocer más

¿Si uno de los progenitores traslada su domicilio a otra ciudad, debe solicitar modificación de medidas paterno-filiales?

Si la mudanza afecta significativamente la dinámica de las visitas, el régimen de custodia o la atención al menor, se deben solicitar modificación de medidas paterno-filiales. Será necesario establecer medidas ajustadas a la nueva situación.

¿Puede un hijo menor proponer cambios en las medidas paterno-filiales?

Los menores de edad no tienen capacidad legal para presentar directamente una demanda de modificación de medidas paterno-filiales. Sin embargo, el juez considerará la opinión del hijo en función de su edad y madurez.

¿Qué pasa con las medidas paterno-filiales si uno de los progenitores fallece?

En caso de fallecimiento de uno de los progenitores, las medidas paterno-filiales pueden ser afectadas y requerir modificaciones para adaptarlas a la nueva situación. La forma de tratar esta situación dependerá de diversos factores, en especial de quién tenía la custodia y tutela y de las condiciones del otro progenitor para asumirlas.

La modificación de medidas paterno-filiales se refieren a un amplio abanico de situaciones en las que cada caso debe ser abordado atendiendo a sus circunstancias.

Estos asuntos son complejos. Contar con los mejores abogados de medidas paternofiliales puede marcar la diferencia y garantizar una estabilidad futura.

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